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¿Se puede hipotecar la nuda propiedad?

Es probable que si estás leyendo este artículo es porque han pensado o quieres convertirte en propietario de una vivienda, y tal vez te hayas encontrado con el concepto de nuda propiedad. 

Si aún no conocías esta palabra, sigue leyendo porque enseguida te la explicamos.

¿Qué es la nuda propiedad?

La nuda propiedad es un concepto legal relacionado con la propiedad de un bien. Básicamente, consiste en la titularidad de los derechos sobre un bien, como el derecho de propiedad, sin tener el usufructo o el derecho de disfrutar de ese bien. 

En otras palabras, el propietario de la nuda propiedad tiene el derecho de propiedad sobre el bien, pero no puede usarlo, disfrutar de él o disponer de él de ninguna manera mientras dure el usufructo.

Por lo general, la nuda propiedad y el usufructo se establecen mediante un acuerdo legal, como un testamento o un contrato de donación. El usufructo otorga a una persona (llamada usufructuario) el derecho de uso, disfrute y percepción de los frutos del bien, mientras que la nuda propiedad pertenece a otra persona (llamada nudo propietario), quien retiene el título legal del bien.

El usufructo puede ser vitalicio o por un período determinado de tiempo, y cuando termina, la nuda propiedad y el usufructo se unen nuevamente en una sola propiedad plena.

Por ejemplo, imaginemos una situación en la que una persona le deja una casa a su hijo en nuda propiedad, pero se reserva el derecho de usufructo de por vida. En este caso, el hijo sería el propietario de la nuda propiedad, pero no tendría el derecho de vivir en la casa ni de alquilarla, ya que su padre retiene el derecho de usarla y disfrutarla durante su vida.

¿Qué derechos tiene el nudo propietario?

El nudo propietario adquiere la propiedad del inmueble, teniendo la capacidad de venderlo a un tercero o hipotecarlo. Sin embargo, no puede alquilarlo y está limitado en cuanto a realizar cambios en la forma o sustancia del inmueble, así como en actividades que puedan afectar al usufructuario.

¿Qué derechos y obligaciones tiene el usufructuario?

El usufructuario tiene el derecho de utilizar y disfrutar del inmueble, así como la responsabilidad de su cuidado y mantenimiento, incluyendo los gastos necesarios para conservarlo. Además, debe asumir el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Tiene la facultad de alquilar la vivienda y llevar a cabo mejoras, siempre y cuando cuente con la aprobación del nudo propietario. Asimismo, es responsable de las reparaciones ordinarias, pero en caso de reparaciones extraordinarias, como derramas comunitarias, la responsabilidad recae en el nudo propietario.

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¿Se puede hipotecar la nuda propiedad?

Respondiendo a la pregunta inicial, sí, es posible hipotecar la nuda propiedad de un bien. Cuando una persona es propietaria de la nuda propiedad de un inmueble, tiene el derecho de hipotecar su parte de la propiedad. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la hipoteca solo afectará a la parte de la propiedad que corresponde al nudo propietario, no al usufructuario.

En caso de que el nudo propietario decida hipotecar su parte de la propiedad, el usufructuario deberá ser notificado, ya que la hipoteca podría afectar los derechos del usufructo.

Además, es posible que la entidad bancaria exija el consentimiento del usufructuario para la hipoteca, puesto que su derecho de uso y disfrute sobre el inmueble puede influir en la capacidad del nudo propietario para cumplir con las obligaciones hipotecarias.

Por otro lado, aunque se puede pedir una hipoteca para comprar la nuda propiedad de una casa, puede ser complicado que una entidad bancaria financie este tipo de compra, ya que por lo general el banco prefiere hipotecar el pleno dominio, y no solo una parte. 

¿Cuánto vale una nuda propiedad?

La compra de la nuda propiedad de una vivienda en lugar de la propiedad plena puede resultar en precios significativamente más bajos. El coste de la nuda propiedad puede variar según la vivienda, pero es común encontrar descuentos de precios que oscilan entre el 30% y el 50% del valor habitual de la propiedad si fuera adquirida en su totalidad en lugar de solo la nuda propiedad.

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¿La nuda propiedad se declara en la renta?

La nuda propiedad generalmente no se declara en la renta mientras se mantenga únicamente la nuda propiedad y no haya generado ningún ingreso para el propietario. Sin embargo, cuando se produzca la venta de la nuda propiedad, esta transacción puede estar sujeta a impuestos sobre las ganancias de capital, dependiendo del beneficio obtenido y de las exenciones o beneficios fiscales aplicables en ese momento.

Por otro lado, si el propietario de la nuda propiedad recibe algún tipo de ingreso asociado con el bien, como alquileres por parte del usufructuario, entonces estos ingresos deberán ser declarados en la renta como parte de los ingresos del propietario.

En cualquier caso, para obtener información concreta de ese tipo, es recomendable, por ejemplo, ir a la Agencia Tributaria.

Recuerda que en Calcular Hipotecas podemos proporcionarte la información que necesites, asesorarte inicialmente sin compromiso y ofrecerte mejores condiciones para tu hipoteca. No dudes en contactar con nosotros.

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